La Patria Potestad
DERECHO DE FAMILIA
Es el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o a la madre sobre los bienes de sus hijos no emancipados (menores de edad). La patria potestad será ejercida por el padre o la madre o ambos conjuntamente, según convengan en acuerdo suscrito por escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil. En caso de no estar de acuerdo, se solicitará el pronunciamiento al Juez de Familia respectivo.
Etapas Generales del Juicio
Honorarios

Patria Potestad Declaración

