Cese de Convivencia
DERECHO DE FAMILIA
Consiste en un acuerdo escrito que da cuenta de la fecha cierta al cese de la convivencia matrimonial regulado en la Ley 19.947, artículos 22 y 25, requisito que solo es exigido para los matrimonios celebrados con posterioridad a noviembre del año 2004. Este acuerdo no opera de manera retroactiva, por lo que el plazo para realizar el divorcio comenzará a correr desde que se cumpla con este trámite. si su matrimonio se celebró con anterioridad a esa fecha no se requiere el cese de convivencia por escrito, el cese de convivencia se probara solo con dos testigos.
Preguntas Frecuentes
¿Cómo se realiza este trámite?
1.- Por escritura pública, o acta extendida y protocolizada ante notario público;
2.- Acta extendida ante un Oficial del Registro Civil (solo presencial)
3.- Transacción aprobada judicialmente sobre alguna materia que diga relación con los hijos o los cónyuges.
Firma de común acuerdo
Si el documento anterior es firmado por ambos cónyuges, el trámite queda finalizado de manera exitosa.
Firma solo un cónyuge
El documento debe ser notificado al otro cónyuge por intermedio del Juzgado de Familia correspondiente como gestión voluntaria. El plazo del cese de la convivencia comenzará a correr desde la notificación positiva, lo cual es de exclusiva responsabilidad del cónyuge que la suscribe.
También actuará como documento equivalente al cese de la convivencia
Sentencia, conciliación, mediación, avenimiento en procedimiento sobre alimentos, relación directa y regular, cuidado personal o patria potestad respecto de los hijos del matrimonio. O causa judicial sobre VII, bien familiar, separación de bienes o alimentos mayores entre cónyuges.
Recuerda que; el plazo es de un año para divorciarse de común acuerdo, o bien, de tres años para divorciarse de manera unilateral. En el caso de realizar la gestión con nuestro Estudio Jurídico no debe asistir al Registro Civil, redactamos su escrito, lo enviamos a sus correos para su aprobación y se firma mediante la Clave Única, el que estará listo un par de días.
¿Qué sucede si no tengo este documento, pero necesito divorciarme?
Somos abogados especialistas en divorcios complejos y contamos con experiencia en este tipo de divorcios, en el caso de no contar con este documento, pero si cumplir con el plazo de cese de la convivencia exigido por ley, a través de distintos medios de prueba, crearemos la convicción al Tribunal de Familia para que conceda su divorcio, ya sea de común acuerdo – un año de cese- o bien, de manera unilateral – tres años de cese-.