Cese de Convivencia

DERECHO DE FAMILIA

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Consiste en un acuerdo escrito que da cuenta de la fecha cierta al cese de la convivencia matrimonial regulado en la Ley 19.947, artículos 22 y 25, requisito que solo es exigido para los matrimonios celebrados con posterioridad a noviembre del año 2004. Este acuerdo no opera de manera retroactiva, por lo que el plazo para realizar el divorcio comenzará a correr desde que se cumpla con este trámite. si su matrimonio se celebró con anterioridad a esa fecha no se requiere el cese de convivencia por escrito, el cese de convivencia se probara solo con dos testigos.

Preguntas Frecuentes

1.- Por escritura pública, o acta extendida y protocolizada ante notario público;

2.- Acta extendida ante un Oficial del Registro Civil (solo presencial)

3.- Transacción aprobada judicialmente sobre alguna materia que diga relación con los hijos o los cónyuges.

 

Firma de común acuerdo
Si el documento anterior es firmado por ambos cónyuges, el trámite queda finalizado de manera exitosa.

 

Firma solo un cónyuge
El documento debe ser notificado al otro cónyuge por intermedio del Juzgado de Familia correspondiente como gestión voluntaria. El plazo del cese de la convivencia comenzará a correr desde la notificación positiva, lo cual es de exclusiva responsabilidad del cónyuge que la suscribe.

 

También actuará como documento equivalente al cese de la convivencia
Sentencia, conciliación, mediación, avenimiento en procedimiento sobre alimentos, relación directa y regular, cuidado personal o patria potestad respecto de los hijos del matrimonio. O causa judicial sobre VII, bien familiar, separación de bienes o alimentos mayores entre cónyuges.

 

Recuerda que; el plazo es de un año para divorciarse de común acuerdo, o bien, de tres años para divorciarse de manera unilateral. En el caso de realizar la gestión con nuestro Estudio Jurídico no debe asistir al Registro Civil, redactamos su escrito, lo enviamos a sus correos para su aprobación y se firma mediante la Clave Única, el que estará listo un par de días.

Somos abogados especialistas en divorcios complejos y contamos con experiencia en este tipo de divorcios, en el caso de no contar con este documento, pero si cumplir con el plazo de cese de la convivencia exigido por ley, a través de distintos medios de prueba, crearemos la convicción al Tribunal de Familia para que conceda su divorcio, ya sea de común acuerdo – un año de cese- o bien, de manera unilateral – tres años de cese-.

Honorarios

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Divorcio de común acuerdo sin cese de convivencia

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Divorcio Unilateral sin Cese de Convivencia

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Honorarios cese de la convivencia unilateral con notificación​

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SERVICIOS

  • Cese de la convivencia 4UF
  • Mediación familiar 4UF
  • Acuerdo completo y suficiente (Escritura) 4UF
  • Autorización judicial para menores para salir del país (No judicial) 2UF.
  • Autorización judicial para menores para salir del país (judicial): 11 UF
  • Regulación o Modificación del Régimen de Visitas (RDR) 11UF
  • Término y Modificación de A.U.C 11 UF
  • Divorcio de común acuerdo Costo referencial 12 UF /Valor promocional 10 UF*
  • Demanda de Pensión de Alimentos Costo 16 UF / Valor Promocional: 13 UF
  • Cese de Pensión de Alimentos Costo 16 UF / Valor Promocional: 13 UF
  • Rebaja de Pensión de Alimentos Costo 16 UF / Valor Promocional: 13 UF
  • Aumento de Pensión de Alimentos Costo 16 UF / Valor Promocional: 13 UF
  • Patria potestad declaración Costo 16 UF / Valor Promocional: 13 UF
  • Separación judicial entre cónyuges Costo 16 UF / Valor Promocional: 13 UF
  • Divorcio por Cese de Convivencia Costo referencial 19 UF / Valor promocional 16 UF
  • Declaración o desafectación de bien familiar costo 16 UF
  • Autorización para vender menores de edad o cónyuge costo 16 UF
  • Ejercicio, suspensión o pérdida de la patria potestad: Patria Potestad Costo 16 UF
  • Violencia Intrafamiliar costo 23 UF
  • Acciones de filiación Impugnación o reclamación de Paternidad costo 26 UF
  • Divorcio cónyuge en el extranjero Costo referencial 32 UF/ Valor promocional 26 UF
  • Vulneración de derechos/ Medidas de protección 32 UF
  • Divorcio cónyuge privado de libertad o paradero desconocido Costo referencial 32 UF/ Valor promocional 26 UF
  • Divorcio por Culpa Costo referencial 40UF/ Valor promocional 32UF
  • Vulneración de derechos/ Medidas de protección 26 UF

DEFENSA DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA

El costo de los honorarios se calculará sobre el valor de los bienes objeto del asunto, según los siguientes porcentajes; bienes hasta 700 UF, 2,5%, entre 701 y 1500 UF, 2%, más de 1501 UF 1,5 %, siendo el costo de base 13 UF.

LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

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HERENCIAS / POSESION EFECTIVA

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El costo es del 4% del valor de venta de la propiedad. Con cargo 2% al vendedor y 2% al comprador.

Incluye; Estudio de título de la propiedad, redacción de poderes y mandatos, escrituras de promesa y/o compraventa para agilizar el proceso de venta hasta la efectiva inscripción en el Conservador de Bienes Raíces respectivo. Para iniciar la gestión el cliente pagará a la inmobiliaria la suma de 6 UF para comenzar la gestión de venta, los que serán abonados al % de pago final.

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